domingo, 18 de abril de 2010

Elecciones personales.

Debe otorgarse valor no a la elección en sí, no a la acción de optar o escoger libremente entre una opción u otra, sino a las elecciones personales por lo que ellas entrañan, por lo que de valioso tengan esas experiencias respectivamente, de modo que no cualquier elección sería correcta o valiosa. Por tanto lo valioso, lo positivo y lo virtuoso de una eleccion no reside en el hecho de que sea fruto de una decision individual sino que tal elección debe encontrar su fundamento y la razón para su protección en «la bondad de su contenido», en la aprobación -por parte de la comunidad- del fin que persiguen.

De llevarse a cabo la defensa de una eleccion personal, tal defensa debe basarse en el valor sustantivo otorgado a la práctica y no en el concepto voluntarista del derecho a la privacidad.

Hacer mención a la idea de que el individuo tiene capacidad para realizar sus elecciones en un espacio neutral sustraído de todo entorno cultural, es algo absurdo.